La jueza de la DANA rechaza por el momento pedir al TSJ la imputación de Mazón: “La instrucción no está agotada”

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La jueza de la DANA ha rechazado en un auto dictado este lunes elevar al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) una exposición razonada para imputar al president Carlos Mazón, que es aforado, tal como solicitaba una de las acusaciones particulares personada en la causa. “La instrucción no está agotada”, advierte la magistrada.
La acusación particular, que ejerce el polémico letrado conspiracionista Rubén Gisbert, pedía a la instructora que diera ese paso por la no solicitud al Gobierno central por parte de Mazón de la emergencia nacional a consecuencia de la DANA.
Por el contrario, la magistrada alude al auto de la Sala de lo Penal del TSJ-CV del pasado 23 de diciembre, en el que el alto tribunal autonómico consideraba que las denuncias y querellas iniciales contra el jefe del Consell no aportaban indicios suficientes y remitía la investigación de los hechos a un juzgado de instrucción. El auto del TSJ-CV emplazó a la práctica de “todas las diligencias de investigación necesarias” sobre los indicios de una presunta infracción penal por parte del aforado Mazón.
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que ha acabado centralizando toda la investigación, afirma en el auto que la causa “sigue su curso”. También recuerda que le ha dado a Mazón la “posibilidad de declarar como investigado” voluntariamente, una opción que el president ha declinado públicamente.
La jueza instructora también ha vuelto a rechazar la imputación en la causa de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, como solicitaba la misma acusación particular. Tal como ha expresado la jueza en varias resoluciones anteriores, “la patente inactividad, conectada con los fallecimientos y lesiones del día 29 de octubre, se produjo en el ámbito autonómico”. Los únicos investigados que figuran en el procedimiento son la exconsellera Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.
La exconsellera Pradas ostentaba el “mando único”
La acusación particular pedía la imputación de Pilar Bernabé por no haber solicitado la declaración de la emergencia nacional. Sin embargo, la magistrada instructora reitera: “El objeto de este procedimiento es el análisis de los fallecimientos de 227 personas, una de ellas embarazada de ocho meses, una desaparecida y los lesionados, la ausencia de decisiones para salvaguardar a la población y la normativa aplicable al caso”.
La instructora también recuerda que la declaración de la emergencia nacional “no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección”.
Así, explica la jueza, la atribución de la imputación “solo se puede sustentar en la existencia de un nexo causal entre la inactividad de quienes se atribuye la condición de investigados, su posición de garantes y los fallecimientos”.
Además, el auto reitera que el “mando único de la emergencia” estaba en manos de la entonces consellera Salomé Pradas, que dirigía los planes de Protección Civil.
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