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El Banco de España exime a Eurocaja Rural de la obligación de disponer del requerimiento mínimo de fondos propios, MREL

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El Banco de España ha eliminado el requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos elegibles, MREL por sus siglas en inglés, para Eurocaja Rural “al considerar que determinar una exigencia que exceda el requerimiento de capital no está justificado debido a las especiales circunstancias”, según explica la entidad castellanomanchega.

La decisión se ha tomado, abunda, “conforme a los hechos relevantes comunicados por Eurocaja Rural a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)”.

¿Qué es el MREL?

Según explica el Banco de España, las entidades financieras deben mantener un “importe suficiente de instrumentos de capital y deuda” que pueda absorber pérdidas y, en su caso, convertirse en capital.

El MREL es un requerimiento para algunas entidades que permite garantizar que, en caso de liquidación de una entidad, sean los accionistas y acreedores los que asuman las pérdidas, evitando que tengan que pagarlas los contribuyentes a través de los fondos públicos y que, en caso de que sea posible, se proceda a lograr su recapitalización.

Por otra parte, Eurocaja Rural también conoce ya las exigencias mínimas regulatorias de capital total para el ejercicio 2025, una vez concluido el proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES). La entidad deberá mantener un requerimiento de capital total (OCR) del 12%. A 30 de septiembre de 2024 contaba con una ratio del 17,79%, superior en más de cinco puntos a la exigencia mínima, lo que le proporciona “una muy sólida posición de solvencia”, según la entidad.

El requerimiento pasará a ser del 12,50% a partir del 1 de octubre, una vez aplicado el Colchón de Capital Anticíclico (CCA) establecido por el Banco de España.

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