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El MNAC alega ante el Supremo la “incapacidad técnica” de trasladar las pinturas de Sijena y pide crear un equipo mixto con Aragón

El MNAC acata la sentencia sobre la devbolución de las pinturas de Sijena

Jordi Sabaté

16 de junio de 2025 12:21 h

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El patronato del Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) se ha reunido hoy en sesión extraordinaria para adoptar una postura conjunta respecto a la sentencia del Tribunal Supremo que ordena el traslado de las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Sijena desde el museo de vuelta a su emplazamiento original.

El patronato ha alcanzado por unanimidad el acuerdo de “manifestar la voluntad del Museu Nacional d'Art de Catalunya de dar cumplimiento a las resoluciones judiciales dictadas hasta ahora en relación con las pinturas murales procedentes del Real Monasterio de Santa Maria de Sijena”. No obstante, “se acuerda pedir una incidencia de ejecución en sede judicial para informar de la incapacidad técnica del museo de llevar a cabo esta operación en el plazo establecido por la ley de enjuiciamiento civil ni tampoco técnicamente”.

Esta indicidencia, puntualiza el MNAC, se solicita “en el marco de la voluntad de dar cumplimiento a la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 824/2025, de 27 de mayo”, que es la que condena al MNAC a devolver las pinturas al Monasterio de Sijena. El patronato cita como argumento “el nuevo informe presentado por el equipo del MNAC, en el que se indica la imposibilidad de realizar el traslado de las pinturas murales para restituir la Sala Capitular del Real Monasterio de Sijena sin ponerlas en riesgo”.

Invitación al Gobierno de Aragón a participar en el traslado

“En el mismo sentido y con la voluntad de dar cumplimiento a la sentencia”, prosigue el comunicado del MNAC, se acuerda “pedir a las diferentes administraciones que conforman el consorcio la creación de un grupo de trabajo de carácter técnico e integrado únicamente por personal especializado, con la finalidad de evaluar y llevar a cabo los trabajos necesarios para el cumplimiento de las resoluciones jurídicas dictadas en relación con las pinturas de la sala Capitular de Sijena”.

Asimismo, el patronato también se acuerda hacer llegar al Gobierno de Aragón la invitación a que se integre en esta comisión técnica, “designando al efecto a los especialistas que considere convenientes”, que trabajarían conjuntamente con los técnicos designados por el MNAC y las administraciones consorciadas: la Administración General del Estado, la Generalitat de Catalunya y el Ajuntament de Barcelona.

El MNAC reivindica el trabajo realizado

Por otro lado, el patronato reivindica en su comunicado “el trabajo impecable realizado por el MNAC a lo largo de los años en la custodia y conservación de estas pinturas, salvadas y rescatadas por Josep Gudiol en 1936 después de ser gravemente dañadas por un incendio en el contexto de la Guerra Civil y exhibidas en el Museo de forma permanente desde 1961”.

También desea resaltar la labor divulgativa que ha realizado el museo en estos años, en los que asegura que “ha garantizado su accesibilidad universal y han sido visitadas por millones de personas y estudiadas en el marco de los congresos científicos sobre Románico más prestigiosos del mundo”.

Finalmente el comunicado constata el valor patrimonial y artístico que poseen las pinturas: “El Real Monasterio de Santa María de Sijena fue declarado Monumento Nacional mediante Real Orden de 28 de marzo de 1923”, declara el comunicado, para seguidamente referirse, concretamente, “a las pinturas murales procedentes de la Sala Capitular del Real Monasterio de Sijena”. “De acuerdo con el artículo catorce de la Ley de Patrimonio Histórico Español, y como expone la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. de 2 de Huesca, de 4 de julio de 2016, estas constituyen bienes inmuebles que tienen la consideración de bien de interés cultural”, reconoce el patronato.

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