Declaran nulas las 25 denuncias de ruido que cerraron una discoteca de Logroño por “irregularidades” en las mediciones

The Hangar - discoteca en Logroño

Ester Fernández García

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 ha declarado nulas las 25 actas de infracción por ruidos, instruidas por 13 agentes diferentes de la Policía Local, por las que, de forma agregada, se sancionó a la discoteca con 17.000€ de multa y casi cuatro meses de clausura temporal. 

Se trata de dos sentencias judiciales, a las que ha tenido acceso Rioja2, relacionadas por dos expedientes sancionadores. En el primero, reiniciado el 8 de marzo de 2023, se imputaba a la discoteca la comisión de 17 infracciones (actas de denuncia suscritas por diez agentes diferentes de la Policía Local) por exceder los niveles de inmisión de ruidos tolerados por la Ordenanza. Como consecuencia del mismo, se impuso a través de resolución de alcaldía en junio del mismo año una multa de 5.000 euros y tres semanas de cierre temporal. Ante ello, la discoteca presentó un recurso.

El Juzgado ha estimado las reclamación de la discoteca y ha declarado que las sanciones “no son ajustadas a derecho, anulándolas y dejándolas sin efecto”. La sentencia justifica un informe pericial que ha detectado irregularidades en las actas de denuncias para determinar la anulación de la resolución sancionadora. “Tras examinar de forma individualizada las 17 actas y la documentación que les acompañaba, constata, de una parte, múltiples y variados defectos y omisiones formales”, señala el informe. A lo que añaden que las irregularidades “ponen de manifiesto una falta de rigor y exhaustividad en la práctica de mediciones que impide que puedan servir como prueba apta para acreditar la comisión de la infracción”. Después de que el Ayuntamiento de Logroño no haya recurrido, esta sentencia ya es firme.

Las irregularideades en la toma de muestras han anulado también las ocho actas de denuncias de ruido que provocaron otro expediente sancionador en noviembre de 2023, por el que se impuso una multa de 12.000 euros y tres meses de cierre temporal. De la misma manera, la discoteca recurrió estas sanciones y el juzgado lo ha estimado justificando otro informe pericial, elaborado por otro gabinete, que también confirma deficiencias en las actas de denuncia que, de nuevo “determinan la anulación de la resolución sancionadora”. De la misma manera, esta sanción también recoge “falta de rigor y exhaustividad en la práctica de mediciones”.

La última sentencia también advierte de que el Ayuntamiento solo acreditó la formación especializada en materia de ruidos de dos de los siete agentes que firman las actas de denuncia, por lo que la “capacitación técnica de los otros cinco agentes de la la Policía Local no está suficiente y debidamente acreditada, conforme al art. 5.2 Ordenanza en relación con el art. 31 RD 1367/2007”. En este caso, el Ayuntamiento de Logroño sí ha recurrido esta sentencia el pasado viernes por lo que esta sentencia todavía no es firme.

En el caso de que esta segunda sentencia se haga firme, la discoteca podría solicitar al Ayuntamiento de Logroño una indemnización de daños y perjuicios, conforme al art. 32 Ley 40/2015, por la clausura del local durante casi cuatro meses que ahora la justicia ha anulado.

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