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La Audiencia de Ávila condena a cuatro años de prisión a un monitor por abusos sexuales cometidos contra un menor

La Audiencia Provincial de Ávila, en una imagen de archivo.

EFE

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La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a I.J.G. a cuatro años de prisión por un delito de abusos sexuales cometido contra un menor durante un campamento en el que ejercía como monitor a finales de julio de 2018, en las inmediaciones de la localidad abulense de Arenas de San Pedro.

La pena corresponde al acuerdo alcanzado entre las partes, antes del juicio fijado para primera hora de este miércoles, que finalmente no ha tenido lugar, según ha confirmado a los periodistas el fiscal Francisco Javier Rojo. El propio ministerio público solicitaba seis años de prisión para I.J.G. por un delito de abusos sexuales, según recogía el Código Penal del momento en el que se produjeron los hechos, que actualmente respondería a un delito de agresión sexual.

El acuerdo entre las partes también condena al monitor a diez años de alejamiento y prohibición de comunicación con el menor, que entonces tenía 10 años, así como otros seis de libertad vigilada y diez de inhabilitación para profesión u oficio relacionado con personas menores de edad.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado ha sido condenado al pago de 6.000 euros al menor, que ya han sido abonados, según ha confirmado el fiscal, quien ha señalado que el acuerdo de conformidad “implica un reconocimiento de los hechos” por parte del procesado, que hasta el momento ha permanecido en libertad.

La acusación particular solicitaba para él seis años de cárcel por un delito de abuso sexual a menor de 16 años y tres más por un delito de ciberacoso sexual de menores, que finalmente ha sido retirado.

Antes del acuerdo entre las partes, la defensa del monitor había pedido su libre absolución por unos hechos que se produjeron durante un campamento organizado por la Federación Madrileña de Asociaciones de Diabéticos de la Comunidad autónoma de Madrid durante 10 días en Arenas de San Pedro.

Según el escrito de acusación, desde la segunda noche y hasta la última, el ahora condenado, por tener el menor subidas y bajadas en sus niveles de azúcar, “se ofreció a dormir con él en su litera, aprovechando así” para cometer los abusos, diciendo a la víctima que era “un secreto que tenía que quedar entre ellos”. Tras tener conocimiento de lo sucedido, la madre del menor interpuso ese mismo julio de 2018 una denuncia, en nombre de su hijo.

Posteriormente, un auto emitido el 20 de julio de 2021 por parte del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid le impuso a I.J.G., como medida cautelar, la prohibición de aproximarse al menor -500 metros-, su domicilio, centro escolar, o lugar frecuentado por él, así como de comunicación por cualquier medio, por un periodo de 6 meses o hasta que hubiese una sentencia definitiva.

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